Autor/a Bryan Moreno

Condiciones generales de Liberación de software de la UGR  

Desde la Oficina de Software Libre y como nuevo proyecto para facilitar la liberación de software dentro de la comunidad universitaria (PDI y PAS), ahora actuamos como asesores en el proceso de liberación. Existen una serie de pasos a seguir para realizar esta liberación de forma correcta y se detallan a continuación: 

  1. En primer lugar, es necesario que el encargado y/o autores de la liberación lean la normativa de la Universidad de Granada sobre Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual. 
  2. Se informa y queda reflejado en la normativa que los derechos de propiedad intelectual generador por cualquier empleado de la UGR pertenecen a esta cuando lo realizan en el marco de su labor investigadora. 
  3. Todos los contribuidores deben estar de acuerdo con la liberación y aparecer en la documentación y firmar el documento oportuno. 
  4. En caso de resultados de investigación, la Universidad de Granada podría decidir sobre los derechos, estando prevista la creación de una comisión para resolver (si los hubiese) las discrepancias que puedan surgir durante este proceso (Articulo 18.) 
  5. La publicación en repositorios y/o liberación del código debe esperar hasta que se autorice la misma, esta autorización es generada por la OTRI (Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación de la UGR) y será comunicada al emisor de la solicitud de liberación que se encuentra en la web de la Oficina de Software Libre. 
  6. Debe asegurarse que todo el contenido a liberar que no haga uso de librerías privativas u otros recursos sujetos a derechos de autor tales como imágenes, videos, audios, etc. 
  7. En caso de que existan otras librerías o recursos en el proyecto con licencias más o menos permisivas, deben ser compatibles con la licencia que se quiere usar en la liberación del proyecto. 
  8. La Oficina de Software Libre en conjunto con la oficina de Transferencia de Resultados de Investigación hacen uso de la plataforma de registro de propiedad intelectual SafeCreative, en la cual se incluirá la información relativa a la liberación quedando accesible públicamente. 
  9. El encargado de la liberación debe asegurarse de que la documentación generada en esta web (documento pdf con los datos que se incluyan en el formulario) tiene la información correcta antes de proceder a su firma y envío. 
  10. Una vez cumplimentada y firmada, esta documentación debe ser remitida a la Oficina de Software Libre en formato digital y físico, ambos, pasarán a formar parte de un archivo propiedad de la OTRI: 
    • Copia electrónica a: osl@ugr.es  
    • Original en papel a: OFICINA DE SOFTWARE LIBRE Edificio Real, C/ Real de Cartuja nº36-38 Granada 

FAQ 

¿Quién puede liberar? 

Cualquier integrante de la Universidad de Granada propietario del software y que cumpla con las condiciones especificadas en la normativa superior. 

 ¿Es necesario que firmen todos los autores/entidades/colaboradores? 

Si, esta parte del proceso es totalmente imprescindible, no se puede liberar si no existe una autorización por parte de todas las personas que han participado en mayor o menor medida en el proyecto. 

 ¿Dónde se publica la liberación? 

Tanto la OSL como la OTRI disponen de la información de las liberaciones, no obstante, para que estos datos sean accesibles de una forma más estandarizada, todas las liberaciones son dadas de alta en SafeCreative, con un número de registro sirviendo esto como acreditación de la liberación. 

 ¿Licencia? 

La licencia es especificada por el autor de la petición, asegurándose en todo caso que sea compatible con todo el software y librerías que puedan usarse en el mismo. 

La Oficina de Software Libre o puede actuar como asesor en temas de licencias siempre que sea necesario. 

 ¿Más Dudas?

Contacta con nosotros, estamos para ayudarte.


1.- TÍTULO DE LA APLICACIÓN O LIBRERÍA




2.- PARTICIPANTES







AUTORES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA


AUTORES DE OTRAS ENTIDADES O SIN VINCULACIÓN LABORAL O ESTATUTARIA CON LA UGR (incluidos becarios de la UGR)


OTROS COLABORADORES CON DERECHO A PERCIBIR BENEFICIOS (no autores)


3.- ORIGEN DEL SOFTWARE










¿Los derechos de explotación deben ser compartidos con otra entidad? En caso afirmativo rellenar:








4.- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA APLICACIÓN O LIBRERÍA






5.- OTROS DATOS


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